miércoles, 26 de noviembre de 2008
lunes, 3 de noviembre de 2008
sábado, 1 de noviembre de 2008
viernes, 31 de octubre de 2008
MEJOR REMERA
EL derecho de propiedad de una obra científica, literaria o artísitica comprende para su autor la facultad de disponer de ella, de publicarla, de ejecutarla, de representarla y exponerla en público, de enajenarla, de traducirla, de adaptarla o de autorizar su traducción y de reproducirla en cualquier forma.
Articulo 2º - Ley 11.723 - Régimen Legal de Propiedad Intelectual
Etiquetas:
asquerosa alegria,
remera,
U.F.I.De.T.
domingo, 26 de octubre de 2008
Suscribirse a:
Entradas (Atom)